Aguada y Goes recibieron quita de puntos en un fallo que los arrima a la pelea por mantener la categoría.

Por los incidentes entre las hinchadas luego del último clásico registrado en el Palacio Peñarol, ambos equipos recibieron quita de 4 puntos y 8 cierres de cancha. Para el Misionero es la quinta unidad ya que le habían sacado otra anteriormente.

Como en la escuela, un rezongo y al rincón. Los dos bajan considerablemente su lugar en la tabla pero no ingresan en zona de descenso directo. Goes quedó con 27 puntos en 20 partidos jugados y Aguada con 29 unidades en 21 encuentros.

Una aclaración que vale la pena mencionar es que los antecedentes solo cuentan en caso que el club vuelva a ser castigado por el mismo articulo, ni aguateros ni misioneros mantenían antecedentes por el artículo 116, por riña.

FALLO COMPLETO

Montevideo, 01 de febrero del 2023

FEDERACN URUGUAYA DE BASKETBALL

TRIBUNAL DE PENAS DE MAYORES

ASUNTO: Nº 015/2022

PARTIDO: AGUADA – GOES

CANCHA: PALACIO PEÑAROL

FECHA: 10/01/2023

DIVISION: LUB

VISTOS:

Para sentencia definitiva de primera instancia en los autos de referencia. -

RESULTANDO:

  • Que el Club Aguada presentó denuncia de los hechos acaecidos luego de finalizado el partido de referencia. -
  • Que, en la misma, se puede identificar varios hechos denunciados, a saber: (i) incidentes entre ambas parcialidades, (ii) agresión y salivazo de un parcial de Goes el jugador L. Planels de Aguada.
  • Que ninguno de los árbitros, ni en el formulario del partido ni en ampliatorios han denunciado ningún hecho.-.
  • Que se procedió otorgar vista al club Goes, la que fuera evacuada en tiempo y forma.-

CONSIDERANDO:

  • Que, luego de analizada la denuncia, sus descargos y diligenciada la prueba documental, fílmica y testimonial obrante en autos a criterio de los miembros de éste Tribunal no existe el mas mínimo atisbo de duda que en la especie, han existido conductas que son, de acuerdo al CDD, reprochables y por ende sancionables.
  • En efecto, los hechos que a criterio de éste Tribunal han quedado demostrados, encastran dentro de los previsto por el art. 116 del CDD por lo que se sancionará a los clubes involucrados. -
  • Sin perjuicio de ello, y de acuerdo a las defensas ensayadas por ambas instituciones, esto es, intentar ampararse en lo previsto por el art. 70 del CDD, no resiste el menor análisis señalar que estamos ante un hecho colectivo y no individual, piedra angular para poder ampararse en el artículo referido. Por lo cual, y más allá de que se haya cumplido con los requisitos previsto por el art. 70 del CDD que en la especie no ha sucedido, la calidad de hecho colectivo impide su aplicación. –
  • Por otro lado, los restantes hechos denunciados, correctamente desde el punto de vista formal, no han quedado debidamente probados, no entrando a analizarse los hechos denunciados fuera de plazo por no corresponder ingresar a su estudio.-
  • Que, a los efectos de graduar la pena se tendrán en cuenta los antecedentes.

ESTE TRIBUNAL DE PENAS DE MAYORES DE LA FEDERACN URUGUAYA DE BASKETBALL RESUELVE:

  1. SANCIONESE AL CLUB GOES CON 8 (OCHO) CIERRES DE CANCHA Y CON LA PERDIDA DE 4 (CUATRO) PUNTOS. –
  2. SANCIONESE AL CLUB AGUADA CON 8 (OCHO) CIERRES DE CANCHA Y CON LA PERDIDA DE 4 (CUATRO) PUNTOS. –
  3. COMUNÍQUESE A LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DE LA FUBB, QUIEN NOTIFICARÁ A LAS PARTES INTERESADAS, E INSCRÍBASE LAS SANCIONES EN EL REGISTRO DE INFRACTORES A LA DISCIPLINA DEPORTIVA.